La Dirección del Trabajo comenzó a aumentar las fiscalizaciones prácticas por Ley Karin y durante este año emitió nuevos dictámenes que aclaran obligaciones importantes para las empresas.
Hoy ya no basta con tener un protocolo “guardado” o un reglamento actualizado en papel. La DT está exigiendo evidencia real de cumplimiento, especialmente respecto de:
- Capacitaciones;
- Difusión a trabajadores;
- Canales de denuncias activos;
- Investigaciones internas;
- Y actualización efectiva del Reglamento Interno.
Además, mediante nuevos ordinarios emitidos durante 2026, la Dirección del Trabajo aclaró que:
- Las investigaciones internas deben realizarse dentro de un plazo estricto de 30 días hábiles administrativos;
- Las denuncias anónimas no activan formalmente el procedimiento, aunque la empresa no puede simplemente ignorarlas;
- Y las medidas de resguardo no pueden implicar una disminución de remuneraciones para el trabajador denunciante.
En la práctica, esto significa que las empresas deben comenzar a revisar seriamente cómo están aplicando la Ley Karin y no sólo si cuentan con documentos formales.
Una investigación mal realizada o una implementación deficiente puede terminar en:
- Multas;
- Denuncias;
- Demandas laborales;
- Tutelas;
- Y graves conflictos internos.
Por lo mismo, cada vez resulta más importante que las capacitaciones, procesos de difusión e investigaciones internas sean realizadas por profesionales idóneos, con formación y certificación en Ley Karin, especialmente considerando el aumento de fiscalizaciones y exigencias prácticas por parte de la Dirección del Trabajo.
Mi objetivo es ayudar a tu empresa a implementar estas obligaciones de manera cercana, clara y práctica, entregando orientación preventiva y apoyo en capacitaciones, reglamentos e investigaciones internas conforme a los criterios actuales de la D.T. Si necesitas ordenar este cumplimiento, revisa la página de Ley Karin para empresas en Temuco.
Si tienes dudas o consultas respecto a este tema, feliz de conversar.

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